Por divorcio express se puede identificar el proceso de divorcio express de mutuo acuerdo ante Notario o, a falta de acuerdo, se considera divorcio express unilateral a una modalidad de disolución matrimonial introducida por la Ley 2442 de 2024, que permite a cualquiera de los cónyuges solicitar el divorcio por su sola voluntad, sin necesidad de justificar otras causales, simplificando y agilizando el proceso de terminación del vínculo matrimonial, que corresponde al que nos referiremos a continuación.
El divorcio express en Colombia representa una innovación significativa en el derecho de familia colombiano.
Esta modalidad de divorcio se caracteriza por añadir una décima causal al artículo 154 del Código Civil colombiano, permitiendo que cualquiera de los cónyuges pueda solicitar unilateralmente la disolución del vínculo matrimonial por su sola voluntad, sin necesidad de probar o alegar otras causales tradicionales como infidelidad, maltrato o abandono.
La principal ventaja del divorcio express en Colombia es la simplificación del procedimiento judicial, eliminando requisitos probatorios complejos y reduciendo los tiempos de tramitación.
El proceso requiere que el cónyuge que lo solicita presente una demanda acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de la disolución matrimonial, incluyendo acuerdos sobre aspectos económicos, patrimoniales y familiares.
Esta modificación legislativa representa un cambio de paradigma que respeta la autonomía individual y facilita la terminación de matrimonios sin necesidad de procesos contenciosos prolongados.
La demanda de divorcio puede ser presentada por cualquiera de los cónyuges en cualquier momento, no existe un plazo mínimo de matrimonio y no se requiere que el consentimiento o acuerdo del otro cónyuge para iniciar el proceso.
Esta característica diferencia significativamente al divorcio express de otras modalidades de divorcio, como el mutuo acuerdo, que requiere la voluntad coincidente de ambos cónyuges, o las causales contenciosas tradicionales, que exigen la prueba de hechos específicos como infidelidad, maltrato o abandono.
De acuerdo con la Ley 2442 de 2024, la demanda de divorcio basada en la causal de sola voluntad “deberá ser acompañada de una propuesta de divorcio que contenga las medidas que hayan de regular los efectos derivados del mismo”. Este requisito formal implica que el cónyuge solicitante debe presentar un documento que contemple, al menos:
- Una solicitud formal de disolución del vínculo matrimonial por la sola voluntad.
- Una propuesta detallada sobre las medidas que regularán las consecuencias jurídicas del divorcio.
Es importante destacar que la ley no exige que esta propuesta sea previamente acordada con el otro cónyuge. Sin embargo, el requisito de presentar una propuesta busca garantizar que, aunque el divorcio pueda solicitarse por la sola voluntad de un cónyuge, las consecuencias del mismo sean abordadas de manera ordenada y completa.
El procedimiento del divorcio express en Colombia comienza con la presentación formal de la demanda ante el juez competente.
Una vez admitida la demanda, el juez ordenará su notificación al otro cónyuge, quien tendrá la oportunidad de: (i) Aceptar la propuesta presentada por el cónyuge solicitante, (ii) Presentar una contrapropuesta sobre los efectos del divorcio, u (iii) Oponerse a las condiciones propuestas.
Es importante destacar que, bajo esta nueva causal, la oposición del cónyuge no demandante no puede impedir el divorcio mismo, sino únicamente disputar los términos de sus efectos. Esto representa una diferencia fundamental con respecto a las causales tradicionales, donde la oposición podía incluir la negación de los hechos que fundamentaban la solicitud de divorcio.
Respecto de las etapas procesales, deberá seguir el procedimiento general, lo cual implica que habrá una audiencia inicial, una etapa probatoria y una audiencia de fallo.
Sí requiere acompañamiento en este proceso, no dude en contactarnos.

